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Este es el texto de la ley, publicado en el Boletín Oficial del
13 de Septiembre de 2.001:
Ley 25.463
Declárase monumento natural a la Panthera Onca
conocida como yaguareté, yaguar, tigre, overo u onca pintada.
Sancionada: Agosto 15 de 2001.
Promulgada: Septiembre 7 de 2001.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación
Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º - Declarar monumento natural sujeto a
las normas establecidas por la ley 22.351, a la Panthera onca
(Linneo, 1758) (=Leo onca Linneo, 1758) conocido como yaguareté,
yaguar, tigre, overo u onca pintada.
ARTICULO 2º - Encomendar a la Administración de
Parques Nacionales compatibilizar con la Dirección Nacional de
Fauna y Flora Silvestres o el organismo que corresponda, el plan
de manejo para la especie en las áreas bajo su jurisdicción,
ajustándolo a la política faunística nacional.
ARTICULO 3º - Invitar a los organismos
provinciales competentes a adoptar y coordinar con los organismos
nacionales planes de manejo y protección en los territorios
sometidos a su jurisdicción.
ARTICULO 4º - La Autoridad de Aplicación
garantizará la planificación y ejecución de medidas de prevención
en los casos en que algún ejemplar se constituya en
circunstancialmente perjudicial para el hombre y/o sus actividades
productivas.
ARTICULO 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo
nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN
BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
UNO. - REGISTRADO BAJO EL Nº 25.463 - RAFAEL PASCUAL. - MARIO A.
LOSADA. - Guillermo Aramburu. - Juan C. Oyarzún.
Decreto 1153/2001 Bs. As., 7/9/2001
POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº
25.463 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. - DE LA RUA. -
Chrystian G. Colombo. - Ramón B. Mestre.
Si
bien
es
una
ley
muy
general,
servirá
como
medio
de
presionar
a
los
organismos
involucrados,
principalmente
cuando
se
registren
problemáticas
entre
Tigres
y
Hombres.
Un
paso
adelante.

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